Cada tipo de presentación se debe declarar de forma distinta. Las ayudas directas tributarán como rendimientos de actividad, sin embargo, aún no se conoce el procedimiento exacto.

Desde el comienzo de la pandemia, el Consejo de Ministros lanzó una serie de medidas con el objetivo de minimizar el impacto de la crisis del Covid-19.

Este conjunto de medidas tiene como fin principal apoyar la solvencia empresarial. Entre ellas se encuentran los nuevos fondos de financiación a través de líneas ICO y las ayudas directas. Según la ministra Nadia Calviño, estas ayudas servirán como apoyo para mantener la actividad y el empleo, y de instrumento para solucionar los problemas de solvencia de las empresas.

Ayudas para autónomos y pymes.

Las Comunidades Autónomas pueden conceder a las empresas y a los sectores más afectados por la pandemia este nuevo programa de ayudas directas.

Estas ayudas directas son consideradas actividades económicas, por lo tanto, el trabajador autónomo debe declarar estas ayudas como rendimientos de su actividad. Si la norma indica lo contrario estará exenta de tributación.

En el caso de que el autónomo o empresario decida no declarar estas ayudas, se expone a sanciones por parte de Hacienda. De aquí, la importancia de tener en cuenta las ayudas recibidas a la hora de realizar la declaración de la renta.

Los trabajadores por cuenta propia que hayan recibido la prestación por cese de actividad o la prestación extraordinaria por cese de actividad, tendrán la obligación de declarar esta a través de la Renta.

La obligación de declarar el cese de actividad es debido a su similitud con el paro de un trabajador por cuenta propia, por lo que se considera un rendimiento de trabajo.

La Agencia Tributaria ha recalcado que la prestación recibida por la suspensión de actividades no se puede clasificar como un rendimiento de actividades económicas. De este modo, se debe incluir en la declaración de la renta (modelo 100).

Al tributar este «rendimiento de trabajo», los primeros 2.000 euros quedarán exentos de impuestos, aún así, son obligatorios incluirlos. Si se percibe menos de 2.000 euros, sigue siendo obligatorio su imputación en el IRPF, aunque estén exentos de impuestos.

Los créditos ICO.

Los créditos ICO son una de las medidas más solicitadas por los pequeños negocios. Dicha ayuda debe ser devuelta y no se puede computar como un rendimiento de trabajo. No obstante, los intereses pagados tienen la posibilidad de ser deducidos como gasto. De igual modo, los gastos de apertura y constitución del préstamo también pueden ser deducidos.

Las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas tributarán como rendimientos de actividades económicas. Sin embargo, alguna de estas ayudas tienen establecido que se tratan de subvenciones exentas de tributación.